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¿Cuánto me deben pagar por trabajar el festivo del 1º de mayo?

En Colombia existe un recargo por las horas laboradas en días festivos. Así puede calcularlo.

30 de abril de 2024 - 09:05 p. m.
Foto de referencia. / Getty Images
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Foto: Getty Images/iStockphoto - uniquepixel

Este miércoles se conmemora el Día Internacional de los Trabajadores, una fecha para la reivindicación de los derechos laborales, que se dio desde la huelga de los trabajadores de Chicago el 1º de mayo de 1886.

En el país se realizarán marchas y movilizaciones convocadas por los sindicatos, centrales obreras, ciudadanía en general, y por el Gobierno Nacional. Fabio Arias, presidente de la CUT explicó los motivos de los trabajadores para salir a marchar, principalmente buscan rememorar las luchas de los trabajadores que se ha dado históricamente y también “en conmemoración al tercer aniversario del estallido social”.

Aunque es festivo, algunos colombianos tienen que trabajar. Tenga en cuenta que en Colombia, así como para las horas extras, existe un recargo para el trabajo en domingos y festivos, teniendo en cuenta que estos son días no laborales.

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De acuerdo con el Código Sustantivo del Trabajo, los empleadores deben pagar un extra del 75 % sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas.

Así las cosas, el recargo aplicará para los trabajadores que laboren este 1º de mayo, y que su jornada ordinaria no incluya los fines de semana o festivos. Asimismo, si trabaja más de las horas de su horario normal, también recibirá el pago por horas extra.

Lea: Marchas 1 de mayo: puntos de concentración y horarios en ciudades de Colombia

¿Cómo calcular el salario del 1º de mayo?

Los empleados contratados para laborar únicamente los fines de semana o domingos no aplica el recargo dominical, ya que esa es su jornada ordinaria. Asimismo, los trabajadores que tienen un horario de 36 horas a la semana, en turnos que no superan las 6 horas diarias, no tiene derecho al recargo.

Para saber cuánto le tienen que pagar, puede realizar el siguiente cálculo: multiplique el valor de la hora de trabajo por el número de otras trabajadas y ese resultado súmelo con el valor de la hora por el número de horas laboradas por 0,75.

Si realizamos el ejemplo con el salario mínimo, la hora de trabajo está en $4.833, por lo que un día laborando son $38.667.

Teniendo esto en cuenta, si usted trabaja las 8 horas, recibirá el salario ordinario más un adicional del 75 %. En el caso del mínimo será de los $38.667 más los adicionales $29.000, llegando a un total de $67.667.

Si gana más del mínimo podrá hacer el cálculo con la siguiente ecuación: (Salario ordinario por hora * número de horas laboradas) + (Salario ordinario por hora * número de horas laboradas * 0,75).

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